
El 12/06/2025 entró en vigor el Real Decreto 214/2025, de 18 de marzo, que introduce las siguientes novedades:
1.- Se crea el Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono: en el que voluntariamente podrán inscribirse todas las personas jurídicas o trabajadores autónomos que en el desarrollo de sus actividades:
- Puedan generar emisiones de efecto invernadero;
- Calculen su huella de carbono;
- O realicen actividades dirigidas a la reducción o compensación de sus emisiones;
así como cualquier otra entidad titular de un proyecto de absorción de CO2.
2.- Se introducen nuevas obligaciones para las Grandes Empresas:
2.1. A estos efectos, es “Gran empresa” cualquiera que:
· Tenga un número medio de empleados superior a 500;
· Tenga la consideración de entidad de interés público;
· O cumpla, durante dos ejercicios consecutivos, 2 de los siguientes criterios:
- Tener un total del activo superior a 20 millones de euros.
- Tener una cifra de negocios superior a 40 millones de euros.
- Tener una plantilla media anual superior a 250 empleados.
2.2. Las obligaciones son:
- Calcular la Huella de carbono, lo que, en todo caso ,incluirá las emisiones directas (alcance 1), las indirectas por energía (alcance 2) y otras indirectas relevantes y significativas (alcance 3).
- Contar con un Plan de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero: Con un objetivo cuantificado de reducción de emisiones a 5 años vista y las medidas concretas para su consecución (optimización de consumos, etc.)
- Publicación: Tanto el cálculo de la Huella de carbono como el Plan de reducción deberán publicarse de manera gratuita y accesible, a través de la Web de la empresa (o, en caso de tener obligación de hacerlo, en su informe de sostenibilidad).
Les mantendremos al corriente de nuevos cambios.
- Esta comunicación tiene una finalidad exclusivamente informativa.
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