La Ley Orgánica 5/2024, en vigor a partir del 04/12/2024, introduce cambios significativos en la regulación de (I) la abogacía y (II) la protección del derecho de defensa en España. En general, la Ley es valorada de forma moderadamente positiva (criticándose algunos puntos y omisiones).
Regulación de la Abogacía
La Ley regula los derechos y deberes de los profesionales de la abogacía, estableciendo como cuestiones esenciales:
(I) la “reserva de actividad”, como medida de lucha contra el intrusismo; y (II) la consagración del secreto profesional (ya recogido en nuestra Constitución) y del deber de transparencia entre cliente y abogado (quien debe informar sobre el procedimiento, sus costes, etc., de forma clara y con lenguaje sencillo adecuado a cada persona).
También regula el papel de los Colegios Profesionales, permitiendo -por ejemplo- que fijen criterios orientadores para la tasación de costas (cuestión controvertida que en los últimos años había generado inseguridad).
Derecho de defensa reconocido a todo ciudadano.
En esencia, (I) establece el derecho inquebrantable de todo ciudadano a contar con un abogado para ejercer su defensa cuando se ve inmerso en un proceso judicial y a recibir información comprensible; y (I) se amplía la justicia gratuita a ciertas personas jurídicas (microempresas) en procedimientos penales y concursales, pero la aplicación práctica de este punto de la norma es difícil.
Els mantindrem al corrent de nous canvis.
Aquesta comunicació té una finalitat exclusivament informativa.
Estem a la seva disposició per a aclarir-li qualsevol dubte.
Qualsevol actuació ha de consultar-se amb els nostres especialistes.
© ADDVERA PARTNERS, S.L.P.